- La jefa comunal fue acusada de injurias graves con publicidad a una cĆ©ntrica barberĆa de la comuna
El Juzgado de GarantĆa de San Felipe decretĆ³ este martes 24 de diciembre el abandono de la querella presentada en contra de la alcaldesa Carmen Castillo Taucher, por el delito de injurias graves con publicidad, IlĆcito que se dijo, cometiĆ³ en junio de este aƱo a travĆ©s de las redes sociales.
En la audiencia, el magistrado Leopoldo Soto GutiĆ©rrez, decretĆ³ ademĆ”s el sobreseimiento definitivo de la edil āluego de ejecutoriada la sentenciaā tras acatar lo dispuesto en el CĆ³digo Procesal Penal y considerar que Ā«el abandono del procedimiento por mĆ”s de 30 dĆas, la inasistencia del querellante a la audiencia del juicio, asĆ como su inactividad en el procedimiento por mĆ”s de 30 dĆas, entendiendo por tal, la falta de realizaciĆ³n de diligencias Ćŗtiles para dar curso al proceso, producirĆ”n el abandono de la acciĆ³n privada, en tal caso el tribunal deberĆ” dar oficio o a peticiĆ³n de parte decretar el sobreseimiento definitivoĀ».
Ā«Bien, dicho que se cumple con creces dicha norma del artĆculo 402 del CĆ³digo Procesal Penal, y esta confiere oficiosamente al tribunal la facultad de decretar el sobreseimiento definitivo, no es necesaria la asistencia de la querellada a la presente audiencia para hacer tal declaraciĆ³n y se declara el abandono de la acciĆ³n privada y, ademĆ”s, una vez que se encuentre ejecutoriada la presente sentencia, se procederĆ” a decretar el sobreseimiento definitivo, con costasĀ», resolviĆ³ el juez.
Desde el entorno de la alcaldesa Carmen Castillo, fue el administrador municipal, abogado HernĆ”n Herrera Caballero, quien al ser consultado por Diario El Trabajo seƱalĆ³ que Ā«simplemente ha quedado establecido que no existiĆ³ ningĆŗn tipo de injuria y calumnia, y en definitiva el abogado querellante ha abandonado la defensa, por lo que procede que se haya decretado el sobreseimiento definitivo de la alcaldesa y eso nos lleva a seguir trabajando en las fiscalizaciones que se requierenĀ», indicĆ³.
Sobre esta querella Herrera Caballero explicĆ³ que se trata de un procedimiento en una barberĆa ubicada en el segundo piso de Calle Coimas. Ā«Efectivamente, es una barberĆa donde jamĆ”s se nombrĆ³ a la persona, en consecuencia no se configuraba el delito de injurias y calumnias como se imputĆ³Ā», finalizĆ³.

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