Este 18 y 19 de septiembre es obligación en cada edificio público y privado, así como de las viviendas particulares.-
Al igual que cada año en Fiestas Patrias, los hogares de todo nuestro país deberán tener colgada o izada su bandera chilena, ejercicio que debe realizarse adecuadamente. Recordar que quienes no coloquen la bandera o lo hagan de manera incorrecta, se arriesgan a multas que van desde 1 a 5 UTM (Unidad Tributaria Mensual). Lo anterior quiere decir que, por las anteriores razones, usted podría pagar entre $66.000 y $330.000.
La bandera es un emblema nacional que por obligación debe izarse hasta el tope en fechas como el 21 de mayo, el 18 y 19 de septiembre. Por otro lado, su correcto uso es en un mástil o asta de color blanco si se izará, mientras que totalmente extendida y con el cuadro azul a la izquierda de quien la mira, si es que se piensa colgarla.
Daniel Muñoz, delegado presidencial provincial de San Felipe, se refirió a la normativa en torno al uso de la bandera nacional en estas fechas, estableciendo que «de acuerdo a la ley 20.537, la bandera chilena es un emblema nacional cuyo uso e izamiento puede realizarse sin necesidad de autorización previa, siempre resguardando el respeto debido y cumplimiento con las normas vigentes.
«Es importante recordar que sigue siendo obligatorio izar nuestra bandera en fechas especiales, como lo es el 21 de mayo y los días 18 y 19 de septiembre, según lo establece el decreto 1.534. Este deber se aplica tanto a edificios públicos como privados, incluidas las viviendas particulares, sin embargo, si un edificio ya ha izado la bandera, no es necesario que los departamentos individuales lo hagan», precisó.
Finalmente, la autoridad provincial recordó las multas a las que se expone la comunidad en caso de no llevar a cabo el izamiento, o en su defecto, hacerlo equivocadamente. «El no izar la bandera en las fechas señaladas o hacerlo de manera incorrecta, puede conllevar multas que van desde 1 a 5 UTM; es decir, entre los 66.000 y los 330.000 pesos. Carabineros de Chile es la institución encargada de fiscalizar el cumplimiento de esta normativa y en caso de infracción, son quienes pueden cursar la multa y notificar a los juzgados de Policía Local», cerró.
Multas por no izar la bandera o hacerla erróneamente, van desde 1 a 5 UTM (66.000 a 330.000 pesos).
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