PolƩmica por Plan Regulador Comunal:
- A travĆ©s de un ādesmentido-aclaraciónā, que no desmiente ni aclara nada, la administración rechazó que esta normativa implique un ādesastreā urbano, demoliciones masivas o expropiaciones automĆ”ticas. No obstante, aĆŗn no responde, ni al concejal ni a la ciudadanĆa, si las principales arterias, alamedas y avenidas son o no son Zona R-8.-
Por medio de un comunicado de prensa, la Municipalidad de San Felipe ha pretendido desmentir la grave denuncia formulada por el concejal CĆ©sar Lazo, quien a travĆ©s de una entrevista exclusiva dada a Diario El Trabajo, indicó que debido a una interpretación errada se asignó como Zona R-8 (altamente restrictiva) a las principales avenidas y vĆas estructurantes de la ciudad, las que estaban consideradas como Zona de Vialidad (menos restrictiva) en el Plan Regulador Comunal (PRC) vigente desde 1998.
Debido a esta errada interpretación, seƱaló el concejal en la oportunidad, es que se levanta esta amenaza de caracterĆsticas desastrosas para el normal desarrollo de la ciudad, la que afectarĆa a las edificaciones y antejardines que enfrentan a las avenidasĀ Yungay, OāHiggins, Chacabuco, MaipĆŗ, Tocornal, Miraflores, Michimalonco, Hermanos Carrera (Oriente y Norte), Santa Teresa de los Andes, Encón, Diego de Almagro, Pedro de Valdivia, Benigno Caldera, El Convento, Circunvalación Oriente y el Camino La Troya,Ā entre otras de las vĆas mĆ”s importantes de la comuna.
Lo anterior debido a que estas zonas, que fueron marcadas en el PRC como Ć”rea verde de vialidad, habrĆan sido consideradas como Zona R-8 por la Secplac de la Ć©poca en el municipio local, generando todo este grave problema.
Cabe destacar que, segĆŗn seƱaló el edil, solamente la Escuela AgrĆcola, el Aeródromo y la Hacienda de QuilpuĆ© estaban consideradas como Zona R-8 en el PRC, pero al incorporar estas vĆas seƱaladas anteriormente, se abre una grave amenaza para vecinos y comerciantes de dichos sectores.
Esta zonificación es tan compleja y gravitante, que, por ejemplo, se rechazó el proyecto del comitĆ© habitacional āRoosvelt Silvaā en Hermanos Carrera Norte. Se trata del mismo comitĆ© que hace unos aƱos realizó numerosas protestas y manifestaciones en el frontis del municipio local, ademĆ”s de empapelar la ciudad acusando al municipio de mentir.
Otra de las acciones trascendentales de esta interpretación, es la destitución del ex Director de Obras Municipales, arquitecto Claudio DĆaz, a quien se le cursó un sumario por haber otorgado permisos de construcción en estas zonas, pues eran zonas de vialidad, pero al ser consideradas posteriormente como R-8 ya no se podĆa construir.
En definitiva, lo que se exige al municipio es que aclare si dichas avenidas y vĆas estructurantes, son o no son Zona R-8. Porque si lo son, la amenaza se vuelve real para miles de sanfelipeƱos. Si no lo son, procedimientos como el rechazo al comitĆ© āRoosvelt Silvaā o la destitución del Director de Obras Municipales, estarĆan viciadas.
De ahà la importancia que se aclare esta situación, algo que el concejal César Lazo viene pidiendo ya en varias sesiones del Concejo Municipal, pero el asunto se ha ido dilatando y dilatando y aún no hay claridad respecto al tema.
Lamentablemente el municipio emite un desmentido donde no desmiente nada, solo emite juicios de valor y adjetiva las declaraciones del concejal Lazo, calificĆ”ndolas de āalarmantesā, pero no va al fondo del asunto que es responder una sola y sencilla pregunta: ĀæSon estas vĆas Zona R-8 sĆ o no?.
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EL COMUNICADO
El contenido del comunicado enviado por el municipio es el siguiente:
Ā«Ante las recientes declaraciones pĆŗblicas referidas a la Zona R-8 del Plan Regulador Comunal, la Municipalidad de San Felipe desmintió las afirmaciones que han intentado instalar la idea de un supuesto ādesastreā urbano asociado a su aplicación. Se trata de aseveraciones que no se condicen con los antecedentes tĆ©cnicos ni con la normativa vigente, y que generan una preocupación injustificada entre vecinos, vecinas, comerciantes y propietarios de la comuna.
«La Zona R-8 corresponde a una zonificación establecida en el Plan Regulador Comunal vigente desde 1998, cuya ordenanza la define como una zona de uso exclusivo destinado a Ôreas verdes y parques. Por lo tanto, su aplicación forma parte de la normativa urbana vigente que debe ser observada por la administración municipal.
Ā«Es importante aclarar que el municipio no tiene atribuciones para modificar, reinterpretar discrecionalmente u omitir la aplicación de las normas contenidas en el Plan Regulador Comunal. La Direcciones de Obras Municipales deben aplicar la normativa urbanĆstica vigente, mientras que los cambios al instrumento de planificación deben realizarse mediante los procedimientos formales que establece la ley, con los estudios tĆ©cnicos y procesos de participación que corresponden.
Ā«Respecto de las afirmaciones relativas a eventuales expropiaciones, la Zona R-8 no implica una expropiación de viviendas, locales comerciales o edificaciones existentes. TĆ©cnicamente, corresponde distinguir entre afectaciones asociadas a vialidad, limitaciones de uso de suelo y procesos expropiatorios, los que se rigen por normas y procedimientos especĆficos.
«En consecuencia, no resulta correcto afirmar que esta situación derive, por sà sola, en demoliciones masivas o expropiaciones sin compensación.
«En cuanto al otorgamiento de patentes de alcohol, cabe señalar que este tipo de solicitudes debe evaluarse conforme al conjunto de normas aplicables, incluyendo la Ley N° 19.925, la ordenanza municipal respectiva y la normativa territorial vigente. Por lo mismo, cada caso debe ser analizado administrativamente y resuelto conforme a derecho, evitando criterios discrecionales que puedan afectar la igualdad ante la norma.
«Desde la administración comunal se indicó que estos temas pueden generar inquietud, especialmente cuando involucran actividades económicas, permisos o patentes. Precisamente por ello, se considera indispensable que la discusión pública se desarrolle con antecedentes técnicos, evitando afirmaciones alarmistas que no se condicen con la realidad normativa ni con los antecedentes disponibles.
Ā«San Felipe requiere avanzar en una planificación urbana seria, transparente y responsable. Si existen materias del Plan Regulador Comunal que deben ser revisadas o actualizadas, aquello debe abordarse por las vĆas institucionales correspondientes, con participación ciudadana, respaldo tĆ©cnico y apego estricto a la legalidad.
Ā«Finalmente, se informó que la Municipalidad de San Felipe continuarĆ” aplicando la normativa vigente, resguardando el interĆ©s pĆŗblico, la certeza jurĆdica y el desarrollo armónico y ordenado de las distintas actividades que se llevan a cabo en nuestra comunaĀ».

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